¿Cobrás en cripto? Cuándo tenés que registrarte en el BCU
El BCU abrió el 1/9/2026 el registro de proveedores de activos virtuales. Si tu empresa solo cobra en cripto lo que vende, no te alcanza: quién sí entra.
Cifras clave — registro de proveedores de activos virtuales
El 1º de setiembre de 2026 el Banco Central abrió la vía digital para que los proveedores de servicios de activos virtuales tramiten su autorización y su registro ante la Superintendencia de Servicios Financieros. La sigla que vas a ver en todos lados es PSAV.
La pregunta que apareció en muchos escritorios uruguayos es más chica que el titular: ¿esto me toca a mí, que cobro algunas facturas en stablecoins? Las stablecoins son criptomonedas atadas al valor de una moneda tradicional, casi siempre el dólar.
Dónde está la línea entre "usar" y "proveer"
La definición legal no la puso la circular: viene de la Ley N° 20.345 de regulación de activos virtuales, promulgada en setiembre de 2024. Un PSAV es la entidad que provee, en forma habitual y profesional y a terceros, uno o más servicios de activos virtuales.
Las tres condiciones van juntas. Si falta una, no hay PSAV.
Los servicios alcanzados son el cambio entre cripto y moneda tradicional, el intercambio entre distintos activos virtuales, la custodia o administración de billeteras de otros, la transferencia de fondos digitales y los servicios financieros vinculados a la oferta o venta de esos instrumentos.
Leelo de nuevo con tu empresa en la cabeza. Un exportador de servicios que factura a un cliente de afuera y cobra en stablecoins no le presta ningún servicio a un tercero: usa un medio de pago. Una tienda que acepta cripto igual que acepta débito, tampoco.
Cobrar en cripto lo que vendés no te convierte en proveedor de servicios de activos virtuales. Esa confusión circuló bastante en estos días y asusta gente sin motivo.
Cuatro precisiones que conviene tener claras
Son las que más se están mezclando, y cada una cambia lo que tenés que hacer.
1. El servicio tiene que ser a terceros. Es la que decide casi todos los casos de una PYME. Si la operación cripto es tuya y para tu negocio, estás afuera. Si empezás a cambiar, custodiar o transferir cripto de otros como actividad, entrás.
2. El 1º de setiembre abre la ventanilla, no es una fecha de corte. Nadie quedó en falta ese día. Quien ya venía operando tiene hasta el 31 de marzo de 2027 para regularizarse y puede seguir operando mientras la Superintendencia evalúa el expediente, según informó el propio BCU.
3. Los requisitos patrimoniales no son para todos los alcanzados. El patrimonio mínimo de 1.000.000 de UI, la garantía a favor del BCU de no menos de 600.000 UI y el depósito a la vista de al menos 50.000 UI rigen para quienes prestan custodia, no para toda actividad alcanzada. La UI es la Unidad Indexada, la unidad de cuenta que se ajusta con la inflación. Los montos fueron detallados por Ámbito a partir de la Circular N° 2507.
4. Registrarse no es lo mismo que quedar habilitado. La Superintendencia evalúa cada expediente por legalidad, oportunidad y conveniencia, y puede rechazar la autorización. Que una plataforma diga "ya presentamos los papeles" no equivale a que esté autorizada.
Qué hacer si cobrás o pagás en cripto
Tu obligación no es registrarte. Es saber con quién estás operando.
Cómo verificar que la plataforma cripto con la que operás esté en regla ante el BCU
Tres pasos para saber si la empresa que te cambia o te custodia cripto está dentro del régimen del Banco Central.
Paso 1 — Definí qué servicio estás contratando
Si un cliente te transfiere cripto directo a tu billetera y vos la administrás, no hay proveedor de por medio y no hay nada que verificar. Si en el camino hay alguien que te cambia cripto por pesos, te guarda las claves o mueve los fondos por vos, ese alguien es un PSAV y sí corresponde chequearlo.Paso 2 — Preguntale a la plataforma por su situación ante la Superintendencia
Pedí tres datos concretos: si presentó la solicitud de autorización y registro, en qué fecha y bajo qué figura. Mientras corre el plazo de regularización, 'en trámite' es una respuesta legítima. 'No nos aplica' no lo es, si el servicio que te presta está en la lista de actividades alcanzadas.Paso 3 — Dejá la respuesta por escrito y ponete una fecha de revisión
Guardá el mail o el documento donde la plataforma te contesta. Anotá abril de 2027 en la agenda para volver a preguntar: para entonces el plazo de regularización ya venció y la respuesta útil deja de ser 'en trámite'.
Es el mismo chequeo que le hacés a cualquier proveedor nuevo antes de firmar. Si querés el procedimiento completo con los registros públicos uruguayos que se pueden consultar, lo dejamos en cómo chequear a un proveedor antes de firmar.
Un caso queda afuera de esta guía a propósito: si tu plataforma es del exterior y no está registrada en Uruguay, eso no se resuelve con una regla general. Es consulta concreta para tu contador o tu abogado.
Qué significa esto para tu empresa
Si cobrás en cripto lo que vendés, no cambió nada en tus obligaciones ante el BCU. Lo que cambió es que ahora existe una vara para medir a la plataforma que usás, y esa vara antes no estaba.
Si el cripto es parte de cómo cobrás del exterior, el tema se cruza con el resto de tu operativa de exportación de servicios, que viene creciendo en el país: lo analizamos en el post sobre exportaciones de servicios y PYMEs tecnológicas.
Y si lo que estás evaluando es empezar a prestarle a otros alguno de los servicios alcanzados —cambio, custodia, transferencia—, ahí sí la conversación es otra y arranca con un asesor, no con un artículo.
Antes de dar ese paso conviene tener a mano a quién preguntarle, y ver qué estudios contables o jurídicos hay disponibles hoy en el mercado local.
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Preguntas frecuentes
¿Qué es un PSAV según la ley uruguaya?
¿Mi empresa queda alcanzada si acepta cripto como medio de pago?
¿Qué pasa con las plataformas que ya venían operando antes del 1º de setiembre?
¿Todos los alcanzados tienen que tener un patrimonio de 1.000.000 de UI?
¿Que una plataforma se registre significa que ya está habilitada?
¿Cómo confirmo que la plataforma que uso está en regla?
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