Vencimientos DGI de agosto: CEDE, NO CEDE y multas
Los contribuyentes CEDE vencen el 24 de agosto y los NO CEDE el 26. Cuánto cuesta presentar una declaración jurada fuera de plazo y qué se paga aparte.
Cifras clave — vencimientos DGI y multa por declaración fuera de plazo
Hay dos fechas de vencimiento en agosto y la mayoría de los dueños de empresa no sabe cuál le toca. No es un detalle: entre una y otra hay dos días, y el que se equivoca lo paga.
La diferencia la marca el grupo en el que la DGI te tiene clasificado. Los contribuyentes CEDE vencen el 24 de agosto; los NO CEDE, el 26. Las fechas de todo 2026 ya estaban fijadas desde diciembre por la Resolución 2284/025.
CEDE y NO CEDE: en qué grupo estás
CEDE es la sigla del Centro de Estudios y Documentación Empresarial: el grupo donde la DGI ubica a los contribuyentes de mayor porte y control. NO CEDE es el resto, y ahí cae la mayoría de las empresas chicas.
No lo elegís vos ni depende de cuánto factures este mes. Es una clasificación que asigna la DGI y que figura en tu constancia de inscripción.
Ese papel es el que hay que mirar. Preguntarle a un colega del rubro no sirve: dos empresas parecidas pueden estar en grupos distintos. El calendario completo del año está publicado en la página de vencimientos 2026 de la DGI.
Qué te cuesta presentar fuera de plazo
Acá hay un dato que circula mal y conviene corregir.
La multa por presentar una declaración jurada fuera de plazo no aumenta según cuántos días te pasaste. Desde 2025 el monto es fijo. Para 2026 la Resolución DGI 97/026 lo dejó en $910 por cada declaración.
Un día tarde o dos meses tarde cuestan lo mismo. Eso no es una invitación a demorarse, pero sí cambia la decisión de alguien que ya se pasó de la fecha: no hay razón para seguir esperando.
Hay un tope, y es acotado. Cuando se presentan en un mismo acto varias declaraciones sin actividad en el período, la multa máxima es de $2.730. Ojo con esto, porque se malinterpreta seguido: el tope aplica solo a ese caso. Si tus declaraciones atrasadas tienen movimiento, cada una paga sus $910 y no hay techo.
La multa por mora es otra cosa
Esta es la distinción que más plata cuesta cuando no se entiende.
Los $910 sancionan una falta formal: no haber presentado la declaración a tiempo. Si además quedó impuesto sin pagar, corren dos cosas más, por separado y sobre el monto adeudado.
La multa por mora, que sí depende del tiempo transcurrido. Según el artículo 94 del Código Tributario, es del 5% si pagás dentro de los cinco días hábiles del vencimiento, 10% hasta los noventa días corridos y 20% después de ese plazo.
Y los recargos, un interés que se calcula día por día sobre la deuda. Las tasas vigentes las publica la DGI en su tabla de recargos por mora.
O sea: presentar tarde una declaración sin deuda cuesta $910 y se termina ahí. Presentar tarde con impuesto impago cuesta $910 más un porcentaje que crece con el tiempo. Son dos facturas distintas.
Cómo confirmar tu fecha antes del 24
Cómo confirmar tu vencimiento de DGI este mes
Tres chequeos rápidos para no presentar en la fecha equivocada.
Paso 1 — Mirá tu constancia de inscripción
Buscá en la constancia que emite la DGI si figurás como CEDE o NO CEDE. Es el único dato que define tu fecha. No lo deduzcas por el tamaño de la empresa ni por lo que le toca a otro del rubro: la clasificación la asigna la DGI y no siempre coincide con la intuición.Paso 2 — Chequeá si tenés obligaciones con calendario propio
El calendario CEDE y NO CEDE no rige para todos los regímenes. El monotributo y ciertos anticipos tienen su propia fecha de vencimiento. Si tenés más de una obligación abierta, confirmá cada una por separado en el calendario general del año.Paso 3 — Si ya te pasaste, presentá igual y ahora
Como la multa formal es fija, esperar no te abarata nada y sí te encarece la parte de mora si hay impuesto impago. Presentá la declaración, y después ordená el pago del saldo con tu contador.
Los regímenes que no siguen este calendario
Vale repetirlo aparte porque es la excepción que más problemas trae.
Si sos monotributista, estas fechas no son las tuyas: ese régimen tiene vencimiento propio y funciona con otra lógica. Lo que sí conviene tener a mano son los topes, que están en la nota sobre cuánto se paga de monotributo y hasta cuánto se puede facturar.
Tampoco es este el calendario del IRPF. La declaración jurada de la campaña 2026 vence el 31 de agosto y tiene sus propias reglas sobre quién está obligado y cómo se fracciona el saldo. Está todo en la nota de IRPF 2026: quién tiene que declarar y hasta cuándo.
Y algunos anticipos tienen fecha propia dentro del mismo mes. Por eso el chequeo se hace obligación por obligación y no una vez para todo.
Qué significa esto para tu empresa
La conclusión práctica es corta y sirve para todo el año, no solo para agosto.
Anotá cuál es tu grupo una sola vez. Si sos CEDE vencés siempre unos días antes que la mayoría, y ese margen es justo el que se pierde cuando se copia la fecha de otro.
Si ya te pasaste de la fecha, presentá hoy. La multa formal no crece, pero la parte que se calcula sobre el impuesto impago sí, todos los días.
Y si tenés varias declaraciones atrasadas, hablalo con tu contador antes de presentarlas todas juntas. La forma en que se presentan cambia si aplica o no el tope de $2.730, y esa diferencia se mide en miles de pesos.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo vence DGI en agosto de 2026?
¿Cómo sé si soy contribuyente CEDE o NO CEDE?
¿La multa por presentar tarde aumenta según los días de atraso?
¿El tope de $2.730 aplica a cualquier acumulación de declaraciones?
¿Qué pasa si además del atraso quedó impuesto sin pagar?
¿Estas fechas valen para monotributo o para el IRPF?
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