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Vencimientos DGI setiembre 2026: 15, 22 y 25

Los CEDE presentan y pagan el 22 de setiembre, los NO CEDE el 25 y las unidades agropecuarias tienen hasta el 15 para la declaración jurada del art. 28.

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Equipo Conly

Cifras clave — vencimientos DGI de setiembre de 2026

15 set
Último día para la declaración jurada del artículo 28 del Decreto 30/015 de las unidades económico administrativas
22 set
Presentación y pago mensual de los contribuyentes CEDE, incluidos los de Grandes Contribuyentes
25 set
Presentación y pago mensual de los contribuyentes NO CEDE

El cuadro de vencimientos de todo 2026 ya estaba fijado antes de que arrancara el año. Lo estableció la Resolución DGI 2284/025, publicada el 19 de diciembre de 2025.

Para setiembre, ese cuadro marca tres días distintos. Y la mayoría de las empresas mira solo uno.

La diferencia importa porque cada fecha alcanza a un grupo distinto. Si tu empresa está en dos de esos grupos a la vez —cosa habitual en una PYME con un padrón rural a nombre de la sociedad— tenés dos obligaciones separadas, en dos días separados.

CEDE y NO CEDE: dónde estás parado

DGI divide a los contribuyentes en dos grandes grupos administrativos. CEDE agrupa a las empresas de mayor porte y control especial; NO CEDE, al resto. Dentro de CEDE están también los Grandes Contribuyentes.

No es algo que elijas. DGI te clasifica y la categoría figura en tu constancia de inscripción. Tu contador la tiene a mano.

La consecuencia práctica es de calendario: los CEDE siempre vencen unos días antes que los NO CEDE. En setiembre, tres días antes.

La fecha del 15 es lo propio de setiembre

Acá está el dato que un calendario mal leído se come. Además del vencimiento mensual, la Resolución 2284/025 fija que las unidades económico administrativas tienen plazo hasta el 15 de setiembre de 2026 para presentar la declaración jurada del artículo 28 del Decreto 30/015.

Esa declaración es un régimen informativo del sector agropecuario. No sustituye nada: se suma.

Y cae primero. Si tu empresa tiene actividad agropecuaria comprendida en ese artículo, tu primera fecha del mes no es el 22 ni el 25: es el 15. La presentación se hace por internet, por medios magnéticos en redes de cobranza habilitadas o en dependencias de DGI, según el calendario general publicado por DGI.

A quién no le aplica este cuadro

El cuadro CEDE–NO CEDE no cubre a todo el mundo. Cuatro situaciones quedan afuera o se rigen aparte, y confundirlas cuesta plata:

La declaración del 15 no es para toda empresa con campo. Alcanza únicamente a las unidades comprendidas en el artículo 28 del Decreto 30/015. Tener un padrón rural no te mete automáticamente adentro. Es una definición técnica: consultala con tu contador antes de asumir que te toca.

IVA mínimo, Literal E y monotributo van por otro lado. Los contribuyentes de IVA mínimo tienen su propio cuadro, que DGI publica aparte en la página de vencimientos de IVA mínimo. Los monotributistas de BPS tampoco siguen este calendario. Si tu empresa está en alguno de esos regímenes, mirar el cuadro CEDE–NO CEDE te va a dar una fecha que no es la tuya. Escribimos aparte sobre cuánto se paga en IVA mínimo y Literal E.

Los Grandes Contribuyentes van dentro de CEDE. No tienen una tercera fecha propia en setiembre: les toca el 22.

El convenio de pago corre por su cuenta. Si tenés un convenio vigente con DGI, sus cuotas mantienen el vencimiento pactado. Es independiente de estas tres fechas y no se corre porque el mes tenga otro calendario.

Cómo saber en treinta segundos cuál es tu fecha

Cómo hacerlo

Cómo identificar tu vencimiento de DGI en setiembre de 2026

Tres pasos para saber cuál de las tres fechas del mes te corresponde.

  1. Paso 1 — Mirá si estás en un régimen aparte

    Fijate primero si tu empresa tributa por IVA mínimo, Literal E o monotributo de BPS. Si es así, el cuadro CEDE-NO CEDE no es el tuyo y tenés que ir al calendario específico de tu régimen. Si no, seguí al paso 2.
  2. Paso 2 — Buscá tu categoría en la constancia de inscripción

    La constancia de DGI dice si sos CEDE o NO CEDE. Si sos CEDE, incluidos los Grandes Contribuyentes, tu fecha de presentación y pago es el 22 de setiembre. Si sos NO CEDE, es el 25.
  3. Paso 3 — Chequeá si además te toca la declaración del 15

    Si tu empresa es una unidad económico administrativa comprendida en el artículo 28 del Decreto 30/015, sumá el 15 de setiembre para esa declaración jurada. Es adicional al vencimiento del paso 2, no lo reemplaza.

Tres minutos con la constancia adelante evitan el error más común del mes: anotar una sola fecha cuando te correspondían dos.

Qué significa esto para tu empresa

Pasarse de fecha no es gratis. La declaración jurada presentada fuera de plazo tiene una multa fija, y el impuesto impago se cobra aparte con recargos: lo detallamos en el post sobre los vencimientos de agosto.

Lo accionable de setiembre es más simple que eso. Abrí el calendario y anotá las fechas que te corresponden —una, dos o ninguna, según el caso— antes del 15, no después.

Y mientras tenés el calendario abierto, agregá el hito siguiente: desde el 1º de octubre DGI exige el domicilio electrónico constituido para hacer cualquier trámite. Si todavía no lo tenés, conviene resolverlo ahora y no el 30 de setiembre a las seis de la tarde.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo vence DGI en setiembre de 2026 para una empresa NO CEDE?
El 25 de setiembre de 2026. Ese día vence la presentación y el pago mensual de los contribuyentes NO CEDE, según el cuadro de la Resolución DGI 2284/025. Los CEDE vencen tres días antes, el 22.
¿Cómo sé si mi empresa es CEDE o NO CEDE?
La categoría la asigna DGI y figura en tu constancia de inscripción. CEDE agrupa a las empresas de mayor porte y control especial, e incluye a los Grandes Contribuyentes. NO CEDE agrupa al resto. No es una opción que elijas vos.
¿Qué es la declaración jurada del 15 de setiembre?
Es la declaración prevista en el artículo 28 del Decreto 30/015, que presentan las unidades económico administrativas del sector agropecuario. En 2026 el plazo vence el 15 de setiembre. Es adicional al vencimiento mensual, no lo sustituye.
Tengo un padrón rural a nombre de la empresa, ¿me toca la declaración del 15?
No necesariamente. La obligación alcanza solo a las unidades comprendidas en el artículo 28 del Decreto 30/015, que es una definición técnica y no equivale a 'tener campo'. Confirmalo con tu contador antes de dar por hecho que te corresponde.
Soy monotributista o pago IVA mínimo, ¿me sirve este calendario?
No. Los contribuyentes de IVA mínimo tienen un cuadro de vencimientos propio que DGI publica por separado, y los monotributistas de BPS siguen el calendario de BPS. Mirar el cuadro CEDE-NO CEDE te va a dar una fecha equivocada.
¿Qué pasa si tengo un convenio de pago con DGI?
Las cuotas del convenio mantienen el vencimiento que se pactó al firmarlo. Corren por separado de las fechas mensuales del cuadro general, así que no se adelantan ni se atrasan por el calendario de setiembre.

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