Vencimientos DGI setiembre 2026: 15, 22 y 25
Los CEDE presentan y pagan el 22 de setiembre, los NO CEDE el 25 y las unidades agropecuarias tienen hasta el 15 para la declaración jurada del art. 28.
Cifras clave — vencimientos DGI de setiembre de 2026
El cuadro de vencimientos de todo 2026 ya estaba fijado antes de que arrancara el año. Lo estableció la Resolución DGI 2284/025, publicada el 19 de diciembre de 2025.
Para setiembre, ese cuadro marca tres días distintos. Y la mayoría de las empresas mira solo uno.
La diferencia importa porque cada fecha alcanza a un grupo distinto. Si tu empresa está en dos de esos grupos a la vez —cosa habitual en una PYME con un padrón rural a nombre de la sociedad— tenés dos obligaciones separadas, en dos días separados.
CEDE y NO CEDE: dónde estás parado
DGI divide a los contribuyentes en dos grandes grupos administrativos. CEDE agrupa a las empresas de mayor porte y control especial; NO CEDE, al resto. Dentro de CEDE están también los Grandes Contribuyentes.
No es algo que elijas. DGI te clasifica y la categoría figura en tu constancia de inscripción. Tu contador la tiene a mano.
La consecuencia práctica es de calendario: los CEDE siempre vencen unos días antes que los NO CEDE. En setiembre, tres días antes.
La fecha del 15 es lo propio de setiembre
Acá está el dato que un calendario mal leído se come. Además del vencimiento mensual, la Resolución 2284/025 fija que las unidades económico administrativas tienen plazo hasta el 15 de setiembre de 2026 para presentar la declaración jurada del artículo 28 del Decreto 30/015.
Esa declaración es un régimen informativo del sector agropecuario. No sustituye nada: se suma.
Y cae primero. Si tu empresa tiene actividad agropecuaria comprendida en ese artículo, tu primera fecha del mes no es el 22 ni el 25: es el 15. La presentación se hace por internet, por medios magnéticos en redes de cobranza habilitadas o en dependencias de DGI, según el calendario general publicado por DGI.
A quién no le aplica este cuadro
El cuadro CEDE–NO CEDE no cubre a todo el mundo. Cuatro situaciones quedan afuera o se rigen aparte, y confundirlas cuesta plata:
La declaración del 15 no es para toda empresa con campo. Alcanza únicamente a las unidades comprendidas en el artículo 28 del Decreto 30/015. Tener un padrón rural no te mete automáticamente adentro. Es una definición técnica: consultala con tu contador antes de asumir que te toca.
IVA mínimo, Literal E y monotributo van por otro lado. Los contribuyentes de IVA mínimo tienen su propio cuadro, que DGI publica aparte en la página de vencimientos de IVA mínimo. Los monotributistas de BPS tampoco siguen este calendario. Si tu empresa está en alguno de esos regímenes, mirar el cuadro CEDE–NO CEDE te va a dar una fecha que no es la tuya. Escribimos aparte sobre cuánto se paga en IVA mínimo y Literal E.
Los Grandes Contribuyentes van dentro de CEDE. No tienen una tercera fecha propia en setiembre: les toca el 22.
El convenio de pago corre por su cuenta. Si tenés un convenio vigente con DGI, sus cuotas mantienen el vencimiento pactado. Es independiente de estas tres fechas y no se corre porque el mes tenga otro calendario.
Cómo saber en treinta segundos cuál es tu fecha
Cómo identificar tu vencimiento de DGI en setiembre de 2026
Tres pasos para saber cuál de las tres fechas del mes te corresponde.
Paso 1 — Mirá si estás en un régimen aparte
Fijate primero si tu empresa tributa por IVA mínimo, Literal E o monotributo de BPS. Si es así, el cuadro CEDE-NO CEDE no es el tuyo y tenés que ir al calendario específico de tu régimen. Si no, seguí al paso 2.Paso 2 — Buscá tu categoría en la constancia de inscripción
La constancia de DGI dice si sos CEDE o NO CEDE. Si sos CEDE, incluidos los Grandes Contribuyentes, tu fecha de presentación y pago es el 22 de setiembre. Si sos NO CEDE, es el 25.Paso 3 — Chequeá si además te toca la declaración del 15
Si tu empresa es una unidad económico administrativa comprendida en el artículo 28 del Decreto 30/015, sumá el 15 de setiembre para esa declaración jurada. Es adicional al vencimiento del paso 2, no lo reemplaza.
Tres minutos con la constancia adelante evitan el error más común del mes: anotar una sola fecha cuando te correspondían dos.
Qué significa esto para tu empresa
Pasarse de fecha no es gratis. La declaración jurada presentada fuera de plazo tiene una multa fija, y el impuesto impago se cobra aparte con recargos: lo detallamos en el post sobre los vencimientos de agosto.
Lo accionable de setiembre es más simple que eso. Abrí el calendario y anotá las fechas que te corresponden —una, dos o ninguna, según el caso— antes del 15, no después.
Y mientras tenés el calendario abierto, agregá el hito siguiente: desde el 1º de octubre DGI exige el domicilio electrónico constituido para hacer cualquier trámite. Si todavía no lo tenés, conviene resolverlo ahora y no el 30 de setiembre a las seis de la tarde.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo vence DGI en setiembre de 2026 para una empresa NO CEDE?
¿Cómo sé si mi empresa es CEDE o NO CEDE?
¿Qué es la declaración jurada del 15 de setiembre?
Tengo un padrón rural a nombre de la empresa, ¿me toca la declaración del 15?
Soy monotributista o pago IVA mínimo, ¿me sirve este calendario?
¿Qué pasa si tengo un convenio de pago con DGI?
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