Multa de la camioneta de la empresa: ¿a quién le llega?
La Intendencia mudó dos cámaras que multan por estacionar. A quién se notifica la multa del vehículo de la empresa, quién la paga y qué no se descuenta.
Cifras clave — cámaras y notificación de multas
Hay esquinas de Montevideo donde se podía parar un minuto a bajar una caja y ahora hay una cámara mirando. Desde el martes 20 de octubre la Intendencia tiene dos cámaras fijas funcionando en ubicaciones nuevas. Las dos multan por estacionar y detenerse en lugar prohibido.
Para un negocio que reparte, eso no es una multa. Es una multa por día hábil, en el mismo punto, hasta que alguien cambie el recorrido. El repartidor para donde siempre paró.
Qué cambió el 20 de octubre en Montevideo
La Intendencia trasladó dos cámaras fijas de fiscalización. La que estaba en Avenida Italia y Avelino Miranda pasó a Presidente Berro y Avenida Italia. La que estaba en Colonia y Fernández Crespo pasó a General Urquiza y Avenida Garibaldi.
El motivo oficial es que estaban en carriles Solo Bus y se mudaron a zonas donde el estacionamiento indebido enlentece el tránsito, según El Observador.
Dos precisiones que conviene tener claras, porque circularon mezcladas.
Estas dos cámaras controlan solamente prohibido estacionar y detenerse. No miden velocidad ni cruce con luz roja, así que en esos dos puntos no hay nada nuevo por esas infracciones.
Y hay cinco radares de velocidad que fueron reubicados pero todavía no están funcionando. La propia Intendencia dijo que va a avisar cuando empiecen. Hoy no multan.
La multa le llega al titular del vehículo
La notificación legal de las contravenciones de tránsito va a la persona titular registral del vehículo, según la Intendencia de Montevideo. Si el vehículo está a nombre de la empresa, la empresa es la notificada.
Hay un detalle del procedimiento que sirve para saber qué se puede discutir. La cámara no genera la multa: hace un registro que después valida un inspector de tránsito, que define si hubo infracción o no.
Ver la foto tampoco equivale a estar notificado. Las imágenes se consultan en el portal de la Intendencia con usuario gub.uy, y el propio portal aclara que mirar el archivo fotográfico no se considera notificación de la multa.
Si la camioneta está empadronada en el interior, no te llega la carta
Esto es lo que más plata hace perder y casi nadie lo tiene presente.
Para los vehículos empadronados en Montevideo con domicilio registrado, la notificación se manda por correo. Pero para los vehículos sin domicilio registrado, con domicilio incorrecto o empadronados en el interior, las notificaciones se publican en la web de IMPO.
O sea: si la camioneta está empadronada en Canelones y reparte en Montevideo, no esperes un sobre. La multa existe, corre, y la vas a descubrir cuando vayas a pagar la patente o a vender el vehículo.
Si tenés flota empadronada fuera de Montevideo, la consulta web deja de ser opcional y pasa a ser una tarea del mes.
Cómo saber si te multaron
Cómo chequear las multas de los vehículos de la empresa
Tres pasos para no enterarte seis meses después.
Paso 1 — Consultar por matrícula y padrón
Con el número de matrícula y el de padrón se consulta en línea en el portal de trámites de la Intendencia. La consulta está disponible recién a los 10 días de cometida la infracción, así que un chequeo mensual alcanza para no acumular.Paso 2 — Mirar la foto antes de decidir
Las imágenes se ven en el portal de la Intendencia con usuario gub.uy. Sirve para saber si el registro es realmente de tu vehículo y de una maniobra que corresponde, antes de pagar o de discutir.Paso 3 — Revisar el domicilio registral
Si el domicilio que tiene la Intendencia está viejo o incorrecto, las notificaciones no te llegan por correo. Actualizarlo es lo que convierte la multa en algo que ves a tiempo y no en una deuda que aparece sola.
También existe la consulta nacional del Sucive. Muestra el historial por matrícula con el motivo, la fecha, la intendencia actuante y el importe actualizado, según la guía del Congreso de Intendentes.
Descontárselo al empleado no es libre
Acá hay que ir con cuidado, y lo decimos con la norma delante.
La Ley 17.829 establece que ninguna empresa puede hacer retenciones sobre retribuciones salariales que no cuenten con autorización legal. Solo se puede retener del sueldo lo que la ley autoriza expresamente, y dentro de sus límites. Las retenciones que ordena un juez son la excepción.
Las multas de tránsito no figuran entre los descuentos que esa ley enumera. Las fuentes que circulan tampoco coinciden en el porcentaje del sueldo que queda intangible. No vamos a publicar un número que no está firme.
Lo que sí se puede afirmar: el descuento sobre el sueldo no es de libre disposición del empleador. Si la idea es que el costo lo absorba quien manejaba, eso se consulta con un abogado laboral. Y se mira contra el convenio aplicable, antes de tocar un recibo.
Lo que sí está en tu cancha es el acuerdo escrito y la prueba de lo acordado. Qué conviene tener documentado de la relación laboral está en qué papeles guardar para un juicio laboral.
Qué significa esto para tu empresa
Una multa suelta es un número chico. Una cámara fija en una esquina de tu recorrido diario es un costo mensual.
La cuenta que vale la pena hacer es la misma que ya hacés con el combustible. Cuánto cuesta el kilómetro y cuánto cuesta el minuto de parada. Si en una esquina el repartidor para todos los días, mover el punto de carga cuesta menos que la multa repetida. El costo total de la camioneta se arma con esto igual que con el gasoil. Ese ajuste pendiente está en el gasoil subió 7%.
Quedan dos tareas concretas. Chequear las matrículas de la empresa en la consulta web, y mirar si alguno de los dos cruces nuevos está en un recorrido tuyo.
Preguntas frecuentes
¿A quién le llega la multa si el que manejaba era un empleado?
¿Puedo descontarle la multa del sueldo al empleado que manejaba?
¿Las dos cámaras nuevas multan por velocidad?
¿Por qué no me llegó ninguna notificación por correo?
¿Cuánto tardo en ver una multa en la consulta web?
¿Sirve de algo mirar la foto de la cámara?
Última actualización: