Vencimientos DGI octubre 2026: 22, 26 y 30
Los contribuyentes CEDE presentan y pagan el 22 de octubre, los NO CEDE el 26, y el viernes 30 vencen juntas la 3ª cuota de Primaria y la cuota 3 del IRPF.
Cifras clave — vencimientos DGI de octubre de 2026
Octubre tiene una particularidad que ningún otro mes del año repite: el último día hábil junta dos pagos de origen distinto en la misma fecha.
El viernes 30 vencen a la vez la tercera cuota del Impuesto de Enseñanza Primaria y la cuota 3 del IRPF. Una empresa chica que tiene local propio y un dueño que declara por servicios personales toca las dos cosas en la misma semana, ocho días después del vencimiento mensual.
Ahí está el riesgo del mes. No es olvidarse del 22 o del 26: es anotar una sola fecha cuando te correspondían tres.
El 30 es la fecha propia de octubre
El cuadro de vencimientos de todo 2026 quedó fijado por la Resolución DGI 2284/025, publicada el 19 de diciembre de 2025. No cambia mes a mes: lo que cambia es qué cae en cada mes.
Lo propio de octubre es el 30. Ese día vence la tercera de las cinco cuotas del Impuesto de Primaria, y también la cuota 3 de quienes quedaron con saldo a pagar de IRPF por el ejercicio 2025.
Son dos tributos distintos con dos lógicas distintas. El de Primaria lo paga el titular del inmueble; el IRPF, la persona física. En una PYME donde el local está a nombre de la sociedad y el dueño además factura servicios personales, las dos cosas caen sobre la misma caja el mismo día.
Sobre el Impuesto de Primaria escribimos aparte: qué es y a quién le toca. Acá alcanza con la fecha y con saber que la tercera cuota no es opcional ni acumulable.
CEDE o NO CEDE: cómo confirmarlo antes del 22
La clasificación la asigna DGI. No depende del tamaño de la empresa ni de cuánto factures, así que suponerla por el porte del negocio es el error más caro del cuadro.
CEDE agrupa a los contribuyentes de control especial e incluye a los Grandes Contribuyentes, que van con la fecha de CEDE y no tienen una tercera fecha propia. NO CEDE agrupa al resto.
Cómo confirmar si tu empresa es CEDE o NO CEDE
Tres pasos para no suponer la categoría y quedarte con la fecha equivocada.
Paso 1 — Abrí tu constancia de inscripción
La categoría figura en la constancia que emite DGI. Si la tenés archivada en papel o en PDF, ahí está escrita. Es el documento que manda: no la memoria ni lo que hacía la empresa hace tres años.Paso 2 — Verificala en los servicios en línea de DGI
Con tu clave podés entrar a los servicios en línea de DGI y consultar los datos registrales de la empresa. Sirve para confirmar que la categoría sigue siendo la misma: DGI puede reclasificar un contribuyente.Paso 3 — Si sigue habiendo dudas, preguntale al contador
Tu contador tiene la categoría a mano porque presenta por vos todos los meses. Una consulta de dos minutos ahora vale más que una multa en noviembre. Anotá la fecha que te toca en el calendario del celular.
A quién no le aplica este cuadro
El cuadro CEDE–NO CEDE no cubre a todo el mundo, y esto va arriba y no en la letra chica.
IVA mínimo, Literal E y monotributo van por otro lado. Quien tributa IVA mínimo tiene un cuadro propio, que DGI publica aparte en la página de vencimientos de IVA mínimo, y los monotributistas de BPS siguen el calendario de BPS. Si estás en alguno de esos regímenes, el 22 y el 26 no son tus fechas. Escribimos aparte sobre cuánto se paga en IVA mínimo y Literal E.
La actividad agropecuaria tiene obligaciones con calendario propio. No se resuelven con el cuadro mensual: lo detallamos en el post sobre IRAE agropecuario y el formulario 1006.
Los Grandes Contribuyentes van con CEDE. Les toca el 22, no el 26.
La prórroga del 30 de noviembre es de BPS, no de DGI
Esta es la confusión más probable del mes y conviene desactivarla ahora.
La prórroga de aportes del segundo cuatrimestre al 30 de noviembre es una medida de BPS. No mueve ninguna de las fechas de DGI de octubre: ni el 22, ni el 26, ni el 30.
Son dos organismos con dos calendarios. Que uno corra un plazo no corre el del otro. El detalle de esa prórroga y a quién alcanza está en el post sobre los aportes de BPS y la historia laboral.
Qué significa esto para tu empresa
Presentar tarde no es gratis, aunque no tengas impuesto a pagar. La declaración jurada fuera de plazo tiene su propia multa fija, y el impuesto impago se cobra aparte con recargos: son dos incumplimientos distintos, y lo detallamos en el post sobre los vencimientos de agosto.
De ahí sale la única recomendación que importa si te falta la plata: presentá igual, en fecha. El saldo impago se negocia después; la presentación fuera de plazo ya no se arregla.
Y si venís de mirar las fechas de setiembre, no copies el mes anterior. Cambian los números y cambia la fecha propia: en setiembre era el 15, en octubre es el 30.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo vence DGI en octubre de 2026 para una empresa NO CEDE?
¿Qué se paga el 30 de octubre de 2026?
¿Cómo sé si mi empresa es CEDE o NO CEDE?
Soy monotributista o pago IVA mínimo, ¿me sirven estas fechas?
¿La prórroga de aportes al 30 de noviembre corre los vencimientos de DGI?
Si no tengo la plata para pagar, ¿me conviene presentar después?
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